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una vida conforme con la ley.
El enfoque exclusivo quiere garantizar que el delincuente se encuentre,
tras su contacto con los órganos de control penal, en unas condiciones
individuales y sociales en las que le resulte más difícil infringir la ley o
evitar ser descubierto.
En el 2035 estas opciones no deberá ser consideradas incompatibles,
sino ante un continuo entre los dos extremos y deberemos generar toda
clase de combinaciones en esta escala de grises.
—¿No es muy teórico su planteo?
—Deberemos aceptar que la inclusión social del delincuente es una de
las más eficaces estrategias para la prevención de la delincuencia y que
la profundización de la exclusión genera mayor delincuencia. Debere-
mos aceptar que estaremos obligados a construir un estado y una socie-
dad del bienestar, de los que constituye uno de sus pilares la atención
específica a los socialmente desfavorecidos, entre los que se encuentran
muchas de las personas proclives a entrar en conflicto con la ley penal.
—¿La sociedad irá hacia un mayor control o mayor liberalización en
la intimidad de las personas? Estamos hablando de consumo de dro-
gas, inclinaciones sexuales de todo tipo, vida virtual, etc
—El derecho a la intimidad es el derecho fundamental del futuro y como
se dice, “si no hay intimidad no habrá nada”. Si no protegemos la inti-
midad no se protegen otros muchos derechos. Por eso se afirma que es
un derecho “raíz”, pues funda, alimenta y da razón de ser a otros mu-
chos. Siempre se ha sostenido que sin intimidad no tenemos libertad.
Pero debemos comenzar a pensar también que sin libertad no hay inti-
midad. Es importante tener en cuenta que la libertad, y, por tanto, sus
concreciones —derecho a la intimidad y la vida privada—, son necesa-
rias para que el individuo pueda desarrollar el derecho de autonomía y
de esta forma, tomar las decisiones que más le convengan, siempre que
no estén en juego derechos fundamentales de terceros o bienes y valores
constitucionales.
Los sanjuaninos debemos asumir que el derecho a la vida privada es
la autonomía, la libertad de que nadie que no sea uno mismo decida o
imponga coactivamente lo que tengamos que hacer. No obstante de-
bemos recordar que el ejercicio del derecho a la vida privada y a la in-
timidad no es un derecho absoluto, y puede traer buenas y malas
consecuencias. Esto implica asumir nuestros propios riesgos y no cul-
Juan Carlos Bataller
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