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De cualquier modo, discrecionalidad nunca debe ser sinónimo de arbi-
trariedad.
—¿Qué pasaría con el Consejo?
—Si se preservara el modelo tal como opera actualmente, sería recomen-
dable que los votos de los componentes del Consejo que llevan a cons-
tituir la terna, se redacten por escrito, estén debidamente fundados y
sean de acceso público, especificándose las razones por las cuales cada
consejero eligió a su trío de nominados. Por supuesto, lo ideal sería que
la terna que confeccione el Consejo se forje sobre la base de las aptitudes,
experiencias, formación académica y, entre otras cosas, compromiso con
el Estado Constitucional, la democracia y los derechos humanos por
parte de los aspirantes, seleccionándose a los mejor preparados y más
aptos y solventes profesionalmente.
—¿Considera descalificante la posibilidad de que el postulante hu-
biera tenido militancia política?
—La mera circunstancia de que el candidato tenga vinculación con el
partido, frente o alianza político que circunstancialmente esté en el go-
bierno, en modo alguno debería ser un elemento definitorio o un requi-
sito dirimente no escrito para acceder a la terna, pues esto constituiría
una práctica disfuncional e injusta. Además, en no pocas ocasiones tal
situación desalentaría a presentarse a los mejores candidatos que, ‘la-
mentablemente’ (en la lógica de ese mecanismo éticamente devaluado),
no posean conexiones con el oficialismo de turno.
Obviamente, la sola filiación política (aun coincidente con el gobierno
del momento) no podría ser per se y a priori un elemento descalificador
del postulante, ya que ello significaría un prejuicio discriminatorio. Si
ese presentante está adecuadamente formado desde el punto de vista
profesional, cuenta con antecedentes sustentables que avalen su trayec-
toria y cumple las restantes exigencias mencionadas anteriormente, no
habría razón para dudar de la legitimidad de su inclusión en la terna
respectiva y su potencial nombramiento.
—Vamos a la segunda posibilidad que usted planteó: que se modifi-
que el régimen vigente…
—En este caso se abriría un abanico de opciones. Por razones de breve-
dad sólo nos referiremos a una de ellas: la instauración de una verda-
dera escuela judicial para acceder a la magistratura (o al Ministerio
Juan Carlos Bataller
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