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—Sin duda uno de los grandes desafíos del futuro será garantizar la
probidad, honestidad e independencia de los jueces respecto al poder
político y a las organizaciones delictivas o de presión cada vez más
poderosas…
—Yo dividiría la respuesta en dos partes: la primera,
debería focalizar
el sistema de selección de jueces, es decir, cómo éstos acceden a sus car-
gos; y la segunda,
tendría que apuntar
al desempeño de sus funciones
una vez designados.
—De acuerdo. Vamos con el sistema de selección de jueces.
—En este tema consideramos que debería repensarse el sistema provin-
cial de selección, nominación y designación de los magistrados. Imagi-
nemos prospectivamente dos escenarios posibles: A) que se mantenga
el statu quo respecto del procedimiento establecido en la Constitución
actual; y B) que se innove.
—Supongamos que se mantenga…
—Si se mantuviera el esquema actual:
Consejo de la Magistratura – Legis-
latura
, como hipótesis de mínima, debería implementarse un verdadero
esquema de oposición, con exámenes escritos que ponderen entre otros
aspectos el nivel de preparación científica del aspirante; su manera de
razonar, redactar y expresarse; su manejo del léxico jurídico; y la argu-
mentación que utilice para dar forma y sustancia a la sentencia que en
el ejercicio hipotético (o real) en que consista el test se le presente para
resolver, etc.
A esto debería sumarse la entrevista personal, con una mecánica que
permita valorar su formación académica, los antecedentes que lo califi-
carían para el ejercicio de la función a la que postula, la trayectoria pro-
fesional que ostenta, entre otros puntos importantes por evaluar, como
por ejemplo su probidad, honestidad y ética, testeos que sin ser infali-
bles ni determinantes pueden dar algunas pistas sobre el mayor o menor
nivel de permeabilidad hacia las presiones políticas y de otros grupos
poderosos que ofrece el presentante.
Asimismo, debería adaptarse el reglamento del Consejo para especificar
ciertos criterios que de antemano fijen algunas pautas objetivas para
cuantificar el historial laboral, profesional, académico de cada uno de
los postulantes, y definir si se establece un orden de mérito en la terna.
Ello, para brindar ciertos parámetros de estimación que racionalicen,
sin hacer desaparecer, el margen de discrecionalidad de dicho Cuerpo.
San Juan
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