la_cena_de_los_jueves2 - page 61

Olmedo Cortez:
Las cosas están claras. Si el
Ejecutivo se ha apartado de la doctrina consti-
tucional, deberá juzgarlo la legislatura y a los
jueces sólo les resta esperar el fallo definitivo
Ninguna ley de la república ni de estado algu-
no puede justificar que los funcionarios públi-
cos, en presencia de una situación legal inter-
pretativa respecto a los actos del jefe del esta-
do, se conviertan en factores de desorden
administrativo y den rienda suelta a sus ban-
derías opositoras. Eso es subversión institu-
cional.
Damianovich:
El cuadro es realmente repul-
sivo y pinta al medio. Una conjuración de jue-
ces dependientes de los políticos atrinchera-
dos en la Legislatura. ¡Habrase visto! Yo les
preguntaría: ¿puede un juez o un vocal
enfrentar a los poderes políticos de la demo-
cracia para discutirle sus atribuciones?
Olmedo Cortez:
Parte del error de creer que
la corte es soberana...
Damianovich:
Craso error. La autoridad de
una corte de justicia solo es soberana hasta
donde va su competencia. No puede obligar a
los otros poderes. La corte no puede indultar a
un criminal u oponerse a un tratado interna-
cional o modificar la frontera con un país
vecino. Son atribuciones del Ejecutivo o del
Congreso. ¿Cómo va a desconocer actos de
otro poder?
56
Los argumentos de los jueces
designados por el gobernador
JONES
E
sa mañana de enero de 1.921, la
actividad era casi nula en el edificio
de Tribunales. Aunque se lo llama-
ba “Palacio de Tribunales”, en realidad la
casa había quedado pequeña para albergar
toda la actividad judicial, por lo que sólo fun-
cionaban allí la corte y el ministerio público.
La casa se construyó en 1.910, como parte de
lo que se llamaron las obras del centenario y
tenía un frente llamativo, con dos grandes
columnas que remataban en capiteles jónicos.
Ubicada sobre el costado sur de la Casa de
Gobierno, en calle General Acha, frente a la
plaza, tenía una particularidad:
era el único
edificio en la ciudad que contaba con un
ascensor que recorría sus dos únicas plan-
tas.
En ese edificio semivacio por el evidente
boicot que estaban haciendo los abogados, a
lo que se sumaba la feria judicial de enero,
dos hombres conversaban en una de las ofici-
nas: Aquiles Damianovich y Olmedo Cortez.
Luis Olmedo Cortez era el procurador gene-
ral de la provincia. Aunque era cordobés,
había tenido actuación en Mendoza durante
el gobierno de Lencinas. Lógicamente, el
tema era la conflictiva situación judicial.
Olmedo Cortez:
Lo que está ocurriendo,
doctor Damianovich, es increíble. No es
posible que ante una dualidad de interpreta-
ción sobre la integración de la Corte, los
“Tenemos un juez
Mallea Gil, un diputado
Mallea Gil, un senador
Mallea Gil.... ¿Puede
haber independencia de
poderes así?”
demás componentes de ese poder se erijan en
tribunales oficiosos de los actos ejecutivos e
invadan por sí y ante sí atribuciones que se
hallan reservadas a los otros poderes.
Damianovich:
Todo el problema se origina
en la actitud del payaso de Flores Perramón,
un sujeto más bruto que malo, como que llegó
a designarse presidente de sí mismo, al ser el
único integrante de la Corte. Pero no nos
engañemos. Acá hay una mafia política y pro-
fesional para sostener la tesis de la prórroga
de sesiones “per se”, amparada en la constitu-
ción local que permite, efectivamente, tal pró-
rroga para evitar designaciones en comisión.
Lo que no entienden -o no quieren entender-
es que si la legislatura está en receso, el
gobernador puede designar magistrados en
comisión. Y estando designada la Corte, esta
actúa. ¿Cómo se van a rebelar contra ella o
desconocerla?
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