Viernes 24 de noviembre de 2017
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LOS GREMIOS SON RETICENTES EN DAR EL APOYO
Cómo es la reforma laboral que propone
El presidente Mauricio Macri
considera clave que se reforme
la legislación laboral para que
se genere más empleo. El abo-
gado especialista en cuestiones
laborales, Carlos Lorenzo, ana-
liza punto por punto el proyecto
del Poder Ejecutivo Nacional.
E
l Gobierno Nacional presentó el pro-
yecto de reforma laboral buscando
bajar la litigiosidad judicial y principal-
mente los costos empresariales. Hay norma-
tivas que perjudican al empleador y otras
que los benefician e incluso se adaptan le-
gislaciones a lo ya modificado en el Código
Civil.
Con los sindicalistas en Roma en un encuen-
tro internacional donde serán recibidos por el
Papa Francisco, se prevé que en unos días
más empiecen las negociaciones y los deba-
tes en el Congreso. El Justicialismo ya avisó
que el apoyo a la normativa dependerá de lo
que opinen los gremios.
l l l
La reforma, según los fundamentos expresa-
dos en su mensaje de elevación, aspira a
“
regularizar los empleos no registrados,
combatir la evasión laboral, registración, mo-
dificaciones al marco normativo de las rela-
ciones laborales, capacitación laboral
continua, transición entre el sistema educa-
tivo formal y el trabajo, fomento del empleo
juvenil y el entrenamiento laboral, evaluación
de tecnologías de salud
,
bajar la litigiosidad,
generar fuentes de trabajo y aumentar la
productividad”.
Estos son los puntos fundamentales de la re-
forma:
Por Carlos Lorenzo
Abogado laboralista
S
e establece un régimen
de regularización de re-
laciones laborales por
360 días para el sector privado, con la
sola excepción del servicio doméstico y
agrario.
Si un empleador registra a un trabaja-
dor que no estaba inscripto, dentro de
los 180 días de sancionada la ley, se le
condonan todas las deudas por apor-
tes, contribuciones, infracciones, mul-
tas y recargos. Si lo registra en los 180
días siguientes se le condona el 70%
de la deuda. En el proyecto también se
prevé que si el empleador registra vo-
luntariamente al o los trabajadores, se
extinguiría la acción penal establecida
por evasión de aportes.
Es importante resaltar que al trabajador
que se lo registre de la manera antes
mencionada, cualquiera sea la antigüe-
dad que posea, se le considerarán, a
los fines de reconocimiento para su ju-
bilación solo cinco años. Además de
ello, el trabajador perdería el derecho a
reclamar las indemnizaciones que le
correspondían por incumplimiento en la
registración, total o parcial de su con-
trato laboral y su remuneración. Es im-
portante resaltar si un empleador se
acogió a los beneficios de blanqueo y
posteriormente en su empresa se le
encuentra personal no declarado o in-
debidamente registrado, perdería todos
los beneficios obtenidos y deberían
abonar a los organismos, todos los be-
neficios condonados.
Regularización laboral Voluntaria
S
e reducen las contribu-
ciones patronales des-
tinadas al Instituto
Nacional de Servicios Socia-
les para Jubilados y Pensiona-
dos (PAMI), el Fondo Nacional
de Empleo y las asignaciones
familiares. Solo se mantienen
los aportes para las obras so-
ciales.
La reducción mencionada se
logra a través de la fijación de
un mínimo no imponible
exento de contribuciones pa-
tronales, que se va ampliando
progresivamente hasta el
2022. Los sueldos más bajos
quedarán exentos de contribu-
ciones, aunque se trate de tra-
bajadores de grandes
empresas. Además, tienden a
unificarse los aportes para dis-
tintas ramas de actividad y
zonas del país.
La disminución de las contri-
buciones patronales bajaría
los costos laborales, pero lógi-
camente eso repercutiría en
forma notoria en menos recur-
sos para la ANSES y, en parti-
cular, para el régimen de
jubilaciones y pensiones.
En los antecedentes de las re-
formas laborales, de los años
noventa que llevaron a una
baja en las contribuciones pa-
tronales de aproximadamente
un 15%, la desocupación y el
trabajo informal, o en negro se
incrementaron.
Es decir que si el sector em-
presario, no destina esa re-
ducción en los aportes, a la
producción, seguramente la
pretensión del estado de reac-
tivar la cadena productiva y la
contratación laboral, se verá
frustrada como en los no-
venta.
Contribuciones
Patronales
Responsabilidad
Solidaria
L
a figura de la tercerización se da cuando
una empresa sub contrata a otra para el de-
sarrollo de determinadas actividades que
hacen al giro normal y habitual de ésta, (Limpieza,
alimentación, seguridad etc.). Hasta la fecha, eso,
aunque discutido en algunos casos, generaba una
responsabilidad solidaria entre la contratista y sub
contratista.
Con la reforma se establece que cuando una em-
presa subcontrate a otra, deberá controlar algunas
cuestiones formales sobre los empleados de la
subcontratada (CUIL, comprobantes de pago con-
forme escala salarial del CCT aplicable y aportes
mensuales, constancia de ART, como asimismo in-
formar a los sindicatos de los trabajadores que
tiene la contratista y subcontratista). Si el contra-
tista cumple con estos controles, queda eximido de
la responsabilidad solidaria, caso contrario opera la
solidaridad entre las empresas.
La responsabilidad solidaria establecida en la legisla-
ción laboral vigente (artículos 30 y 31 de la LCT y 32
de la ley 22.250), hasta la fecha funcionaba como un
freno para la tercerización, y con la reforma, se vería
severamente reducido y en consecuencia, el contra-
tista se podría liberar de esa solidaridad.
Condiciones
Laborales
S
e establece que en el
caso de modificación
de los elementos
esenciales del contrato de tra-
bajo individual, las partes de-
berán solicitar la
homologación de la autoridad
laboral, y el trabajador deberá
ser asistido por la asociación
sindical o patrocinio letrado.