El Nuevo Diario - page 11

de Sellos?
-Es así, son dos sobretasas del Impuesto de
Sellos, son dos tasas diferenciales que se
cobran en dos casos y esas tasas están ge-
nerando mucho ruido a nivel nacional en
otro impuesto, Ingresos Brutos. Incluso hay
fallos de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación declarando la inconstitucionalidad de
esos gravámenes.
-¿Se puede decir que el gobierno se ade-
lanta a cualquier fallo de la Corte para un
caso local?
-Puede interpretarse así. Nosotros tenemos
que hacer unas correcciones a nivel Im-
puesto de Sellos, es una de las condiciones
del Pacto Fiscal.
-¿En qué casos se elimina?
-Uno es en el caso de autos comprados en
concesionarias de otras provincias que no
tributen en San Juan a través del convenio
multilateral Ingresos Brutos. Hasta ahora se
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Viernes 24 de noviembre de 2017
uno de los puntos del Pacto Fiscal firmado
hace pocos días entre los mandatarios pro-
vinciales y el gobierno nacional.
Para ponerse a tono con lo acordado con la
Nación y con los fallos de la Corte, es que se
tomó la decisión política de eliminar estas
sobretasas que, por otra parte, no tendrá un
gran impacto en la recaudación mensual a
partir del próximo año.
Según datos oficiales, cada mes el 10 u 11
por ciento de lo recaudado por la DGR co-
rresponde al Impuesto de Sellos y de ese
total, la mayor parte es por la celebración de
contratos, por lo que radicación de autos
comprados en otra provincia o la realización
de escrituras en otra jurisdicción no tendrá
efecto negativo alguno. Así lo aseguró a El
Nuevo Diario el Director de Rentas, Adrián
Villegas.
-¿Se eliminan sobretasas del Impuesto
SAN JUAN ELIMINA TASAS DISTORSIVAS EN IMPUESTO DE SELLOS
L
a provincia tomó una decisión política
sobre un tema que desde hace unos
cinco años a la fecha generaba mo-
lestias a la hora de hablar del presupuesto
para el próximo ejercicio contable: las sobre-
tasas que solo contribuyen a distorsionar im-
puestos y encarecer algunas operaciones.
Puntualmente se instituyeron dos sobreta-
sas en el Impuesto de Sellos a la hora de ra-
dicar un auto cero kilómetro en una
concesionaria de otra provincia y que no tri-
butara en San Juan. Y también en la realiza-
ción de escrituras en otra jurisdicción con
efecto en San Juan.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación
ya había dictado la inconstitucionalidad de
estas sobretasas por considerarlas discrimi-
natorias y distorsivas y porque tiene un
efecto de aduana interna. Precisamente la
eliminación de estas aduanas internas es
Chau pago extra
por radicar autos
comprados afuera
paga una sobretasa del 4 por ciento al mo-
mento de la radicación, lo que encarece el
costo final. Es una alícuota diferencial sobre
el valor del auto.
-¿Cuál es el otro caso?
-El otro caso tiene relación con todos los
actos de escrituración que se hagan fuera de
la provincia pero que tenga efecto en San
Juan. Es decir, si se hace un escritura en una
escribanía local, se paga un sellado determi-
nado, si se hace en Buenos Aires es más
elevada, un poco más del 4 por ciento. Esto
genera una aduana interior, una barrera.
-¿De cuánto es el impacto, cuánta plata
menos ingresará a la recaudación?
-No es importante el impacto. En la recauda-
ción mensual el Impuesto de Sellos importa
el 10 u 11 por ciento pero la mayoría corres-
ponde a contratos, no todo es radicación y
escrituras.
El Estado empieza a cumplir el Pacto Fiscal y se pone en línea
con fallos de la Corte Suprema. La recaudación mensual no se
verá resentida. Fin a un viejo reclamo que trajo inequidad.
Adrián Villegas, director de Rentas.
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