DIARIO DE SESIONES CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN - AÑO 1946
424 C O N G R E S ON A C I O N A L Reunión núm, 16 C A M A R ADE DIPUTADOS Agosto 7 y 8 de 1946 afectada por el sismo le dan características especia les y por ser cabecera de departamento se le estruc- ¡ tura como un centro urbano rural, cuyo desarrollo, de no poderse aumentar las dotaciones de agua a la zona, será hasta cierto punto estacionario. Debe do társelo de los correspondientes servicios de agua co rriente y de electricidad. Estos últimos vinculados en lo posible a los correspondientes a la ciudad de San Juan. Albardón: El desarrollo actual de la población in fluenciado extraordinariamente por la situación de las estaciones de ferrocarril que lo sirven y por el trazado de la ruta 40, así como su situación de centro urbano de una zona rural de producción definida y casi toda ella destinada a la exportación, obligan a considerarla dentro de una situación particular en su nueva estructuración. El alto valor de sus tierras, cimentado en las características de su producción, no permiten desconocer la existencia de factores que conformarán por mucho tiempo su desarrollo, acer cándolas a las de una villa agraria. A los efectos de organizaría, la primer condición requerida den tro de lo posible, es el acercamiento de sus estacio nes, la transformación de la ruta 40 y la creación de una zona de industrialización fácil de sus pro ductos. Su planeamiento de detalle depende de las, posibilidades de acercamiento de las estaciones. Su estructuración será en definitiva la de un centro ur bano rural. Marquesado y Villa Krause: Aun cuando ambas en su estructuración actual obedecen a factores distin tos, en el futuro se irán conformando cada vez más a la situación de poblaciones complementarias de la ciudad de San Juan, en las cuales podrá efectuarse ciertos desarrollos industriales que contribuirán a dar características propias a estas dos localidades. La obtención de energía eléctrica barata y agua in dustrial son básicas en ambas y por ello, el trazado previsto aprovechando la existente las conforma a su evolución natural. Ot7os centros rurales: El resto de las poblaciones afectadas por el sismo y actualmente existentes no requieren sino adecuar sus trazados en forma con veniente para que no sean en su desarrollo elemen tos perturbadores de la seguridad del camino y si multáneamente ofrezcan las condiciones de vida or ganizada e higiénica que les permitan convertirse en rectoras de su zona de influencia. La base para su desarrollo es dada por la construcción de los edi ficios públicos comunes y el establecimiento de los servicios de agua potable. Los problemas particu lares deben ser en cada caso estudiados en detalle. Lo fundamental en cada uno de ellos es desarrollar los en íorma tal que no afecten las tierras de culti vo y que estén centrados con respecto a la población aledaña: en modo alguno necesitan hacerse previ siones de gran desarrollo y en general bastará un trazado urbano reducido en el que quedarán com prendidos como elementos básicos de reunión de las poblaciones vecinas, la escuela, la capilla, el campo de deportes, los edificios que constituyen la provee duría y eventualmente el establecimiento industrial y la sala de primeros auxilios. Estos ' elementos podrán existir totalmente o en parte desde el primer momento, debiendo hacerse las previsiones correspondientes para dejar algunos es pacios libres, destinados tanto a su instalación fu tura, tomo nuevos comercios y casas de familia. Servicios públicos Como servicios públicos de estos centros sólo de ben preverse, aparte de los locales que pueda utili zar la comisión vecinal, un servicio de distribución de agua potable de carácter muy reducido y los ya citados al hablar de la constitución del centro co rrespondiente, ya que básicamente él está formado casi exclusivamente de servicios. Estos centros rurales serán planificados en cada caso sobre la base de las pequeñas poblaciones exis tentes y su ejecución debe correr por cuenta del Es tado, ya que en los mismos es imposible prever la recuperación de las sumas invertidas, en base al incremento de valores de los terrenos locales, dado el escaso desarrollo que tendrán. Ejecución del pían Para la ejecución del plan, aun cuando el mismo haya sido previsto en forma que afecte en mínima medida la situación de derecho existente, es nece sario poder disponer libremente de los terrenos de las zonas donde los trazados modifican la actual, en forma que las propiedades sufren variaciones fun damentales en sus límites. El decreto 17.432/44, prevé dos sistemas: 1?): el de la expropiación, y 2?): el de las permutas. El primer sistema es de aplicación para la adqui sición de tierras urbanas o rurales para emplaza mientos urbanos. El segundo sistema es de aplicación para obtener las tierras de las zonas no reconstruíbles y eviden temente fué establecido con el concepto de que la ciudad se trasladaría a otro lugar que su actual em plazamiento. Dentro del planeamiento de la ciudad de San Juan, de Caucete y de Media Agua, este último sis tema tendría aplicación solamente para el traslado de las poblaciones de Concepción y Santa Lucía, de Caucete y de Media Agua a las nuevas zonas orga nizadas. Al respecto, el subscrito ya planteó ante el Minis terio del Interior, por expediente, la conveniencia de modificar dicho concepto para hacer extensivo di cho régimen a las zonas que se reconstruyen bajo una forma u otra en el actual planeamiento, porque ello facilitará la adhesión de cualquier propietario a dicho régimen sin exclusiones que son una limi tación injustificada a un régimen de bonificación. El caso típico se presentaría para el propietario de un lote que encontrándose ubicado en el centro de la ciudad de San Juan y en virtud de la aplicación del Código de la Edificación, resultara perjudicado en sus posibilidades de reconstruir y deseara trasla darse a otro lugar. De no hacerse extensivo el ré gimen de permuta a este propietario, el mismo ten dría que pedir la expropiación de su bien, con todos los inconvenientes de la misma, tanto para él, como para la entidad, en tanto que, admitiendo para dicha zona la vigencia del régimen de permuta se facili taría la operación de trueque. Por otra parte su aplicación general permitiría a los industriales que actualmente se encuentran ubi cados dentro de la zona del trazado de la ciudad de San Juan o de otras, efectuar con beneficio para la
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